02468nam a2200301Ia 450000000250000000300090002500500170003400700030005100800410005402200130009504000360010804100080014404100080015204300090016008200200016908400130018924501730020225000230037526401120039830000180051052015130052865000220204165000120206365000190207565100130209471000440210799900150215102591nam a22003377a 4500CO-BoCMH20260808025739.0ta210608s20002001ck gr||||o00| 0 spa d a01242261 aCO-BoCMH bspa erda cCO-BoCMH0 aspa0 hspa as-ck04a327.172bHEC 10 aAVRE REV10aHechos de paz X : La tregua, balance del proceso, algunos planteamientos 31 de diciembre de 1999 / Presidencia de la República, Oficina del Alto Comisionado para Paz. aPrimera edición. 1a[Lugar de publicación no identificado] :bImprenta Nacional:, c[Fecha de publicación no identificado]. a83 páginas.3 a"En el contexto del proceso de paz, el Gobierno Nacional ha adoptado, de conformidad con el mandato constitucional que eleva la paz "a deber y derecho de obligatorio cumplimiento" y con los lineamientos que la ley señala, las decisiones conducentes para adelantar los diálogos de paz, tanto con las Farc-Ep como con el Eln. La primera de ellas el reconocimiento de carácter político de esas agrupaciones, conforme a la Ley 418, de 1997 prorrogada por la ley 548 de 1999. Como tal, la necesidad de vincular a toda la sociedad en el proyecto de la paz ha hecho que ésta se conciba como una política de Estado. En desarrollo de este principio se han creado unos instrumentos jurídicos con el objetivo de sustentar el proceso de diálogo y negociación que ha emprendido el Gobierno Nacional con los grupos insurgentes. El presenten volumen de Hechos de Paz presenta estos instrumentos jurídicos en dos capítulos. En el primero de ellos están contenidos las leyes y los decretos que permiten adelantar el proceso de paz. Entre estos se cuenta la Ley 418 de 1997, que provee al Presidente de una serie de herramientas para adelantar el proceso. Las facultades transitorias, otorgadas al primer mandatario, fueron prorrogadas a través de la Ley 548 de 1999. Adicionalmente, este capítulo contiene los decretos que le dan las funciones al Alto Comisionado para la Paz, reglamentan parcialmente la Ley 418/97 y determinan las zonas prioritarias de inversión social" (tomado de la fuente).17aDiálogos de paz17aFARC-EP17aProceso de paz 4aColombia2 aColombia. Presidencia de la República c3944d3944