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    <title>Protocolo de actuación interinstitucional /textos Lorena Lozano de Coronel ; consultora nacional Haydeé Mendez Illueca</title>
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    <dateIssued encoding="marc">2010</dateIssued>
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    <extent>81 páginas ; 22 cm.</extent>
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  <abstract>El Protocolo de Estambul es el primer conjunto de directrices internacionales para la investigación y documentación de la tortura. El protocolo sirve para dar directrices comprensivas y prácticas para la valoración de personas que aleguen haber sufrido tortura y malos tratos, para investigar casos de presunta tortura y para comunicar los hallazgos realizados a las autoridades pertinentes. Iniciado y coordinado por Médicos para Derechos Humanos (PHR USA), Acción para Sobrevivientes de Tortura y la Fundación de Derechos Humanos de Turquía (HRFT), el Protocolo fue elaborado durante tres años por más de 40 organizaciones incluyendo el Consejo Internacional para la Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura (IRCT) y la Asociación Mundial de Médicos (WMA). Con el apoyo generoso de la UE el Proyecto para la Implementación del Protocolo de Estambul fue realizado entre marzo 2003 y marzo 2005 para aumentar la concienciación, el respaldo nacional y la implementación tangible del Protocolo en cinco países: Georgia, México, Marruecos, Sri Lanka y Uganda. Los materiales de recurso presentados aquí fueron elaborados como referencia práctica para profesionales del derecho y de la salud durante la capacitación realizada como parte del proyecto. Los materiales fueron difundidos ampliamente a 250 profesionales del derecho y de la salud que participaron en la capacitación y además fueron difundidos a instituciones nacionales pertinentes y a agencias gubernamentales en los cinco países. Es la espera que los materiales rindan conocimientos y creen sinergia entre las dos profesiones en los esfuerzos conjuntos de combatir la tortura. Reconociendo la prevalencia de la tortura en el mundo y la necesidad de dar pasos activos para combatirla, expertos médicos, legales y en derechos humanos de diversos países redactaron el "Manual para la investigación y documentación efectiva de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul)." Este manual se concluyó en agosto de 1999 y, desde entonces, contó con el respaldado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), de organizaciones regionales, así como por otros órganos. La intención del Protocolo de Estambul es servir como conjunto de orientaciones internacionales tanto para la valoración de la tortura y de otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como para la investigación de las denuncias relacionadas con este tema y el reporte de lo encontrado ante órganos judiciales u otros organismos de investigación. El conjunto de "Principios relativos a la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Principios de Estambul), anexado al Protocolo de Estambul, fue adoptado por la Asamblea General de la ONU el 4 de diciembre del  Posteriormente, la Comisión de Derechos Humanos de la ONU hizo que los gobiernos prestaran atención sobre estos principios y los alentó enérgicamente a reflexionar acerca de ellos como una herramienta útil para el combate a la tortura. (tomado de la fuente)</abstract>
  <tableOfContents>Obligación de los Estados de investigar el alegato de una manera "imparcial" y la cuestión de la independencia de los órganos investigativos 3. Las investigaciones efectivas deben conducirse de manera "exhaustiva" -- Principios y procedimientos claves para una investigación efectiva  -- Acción a nivel nacional para mejorar la efectividad de las investigaciones -- Estándares internacionales para la persecución de presuntos -- Responsables de tortura y sanción de los responsables -- Principios generales para la persecución de presuntos torturadores -- Acción a nivel nacional para compensar las deficiencias en las persecuciones criminales -- Estándares internacionales para hacer válido el derecho a la obtención de un recurso efectivo y reparación de daños adecuados para las víctimas de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes -- Formas de reparación del daño -- Recursos procesales efectivos  Recursos internacionales  -- Acción a nivel nacional para mejorar la implementación del derecho de obtener un recurso efectivo y reparación del daño -- Anexo I.</tableOfContents>
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    <topic>Delitos contra la autonomía personal</topic>
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    <topic>Delitos contra la vida y la integridad personal</topic>
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